En Argentina, se ha convocado a una audiencia pública para un proyecto de ley que modifica la Ley de Glaciares. La Ley de Glaciares constituye un instrumento clave para proteger ecosistemas vitales para el suministro de agua y la regulación climática. Tras la media sanción del proyecto en el Senado, diversas organizaciones ambientales solicitaron a los diputados la apertura de un proceso participativo, abierto, inclusivo y federal. Argumentan que plazos acotados o un alcance limitado de la participación desvirtúan su objetivo: garantizar que la ciudadanía pueda informarse y expresarse de manera efectiva en decisiones ambientales de alto impacto. La Ley de Glaciares es un instrumento de ordenamiento ambiental del territorio. En este sentido, el artículo 10 inciso e) de la Ley General del Ambiente (Ley 25.675) reconoce al ordenamiento ambiental del territorio como una herramienta clave de política y gestión ambiental. El artículo 21 de la Ley General del Ambiente establece que la participación ciudadana debe asegurarse en los planes y programas de ordenamiento ambiental del territorio, especialmente en las etapas de planificación y evaluación. El artículo 7 del Acuerdo de Escazú —ratificado por Argentina mediante la Ley 27.566 y con jerarquía superior a las leyes— obliga a garantizar la participación pública en procesos de toma de decisiones en asuntos ambientales que puedan tener un impacto significativo. El encuentro requerirá la presencia de al menos cuatro diputados por cada comisión convocada, lo que eleva el estándar de legitimidad institucional. Hasta ahora, el cronograma establece el 25 y 26 de marzo como las fechas pautadas para el debate abierto, con el objetivo de lograr una “amplia participación” de las partes interesadas, incluidas provincias, sectores productivos y comunidades indígenas directamente vinculadas a los glaciares y sus cuencas. Las audiencias públicas se desarrollarán en el marco del debate del proyecto de ley que modifica la Ley 26.639, y conforme a lo acordado en la reunión de las Comisiones de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano y de Asuntos Constitucionales. Se realizarán en la Sala 2 del 2do piso del Anexo C de la Cámara de Diputados de la Nación, sito en Av. Rivadavia 1841, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 25 de marzo del 2026, con aquellos inscriptos que expondrán de manera presencial, y el día 26 de marzo del 2026 con aquellos que lo harán de manera virtual, desde las 10:00 hasta las 19:00 horas. La inscripción al Registro de Participantes podrá realizarse a título personal o en representación de personas jurídicas, presentándose personalmente en la oficina de la Comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano, o bien electrónicamente a través del formulario que se publicará en la página web de la Cámara de Diputados de la Nación. El plazo de inscripción se extenderá hasta el viernes 20 de marzo a las 16.00 horas de manera presencial y hasta las 20.00 horas de manera virtual. A través de la página web de la Cámara de Diputados de la Nación www.hcdn.gob.ar se podrá acceder a toda la información completa de la convocatoria. Esta solicitud fue impulsada por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), el Círculo de Políticas Ambientales, Greenpeace Argentina, la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, la Fundación Biodiversidad y Aves Argentinas. Las organizaciones expresaron preocupación ante la posibilidad de que el proyecto avance con un trámite acelerado, como ocurrió en el Senado, y que la audiencia pública se reduzca a una instancia meramente formal. En particular, el inciso 5 del artículo citado exige que los procedimientos contemplen plazos razonables que permitan una participación efectiva e informada. Las organizaciones subrayan, además, que el propio proyecto de reforma cita expresamente al Acuerdo de Escazú y reconoce la necesidad de cumplir con una instancia participativa durante su tratamiento en el Congreso. En este contexto, advierten que avanzar en el trámite legislativo sin garantizar un proceso de información y participación pública podría configurar un supuesto de ilegalidad y derivar en la nulidad del procedimiento. Por ello, solicitan formalmente que, antes de continuar con el tratamiento legislativo, se convoque a un proceso participativo amplio, con alcance federal y con mecanismos que garanticen la participación efectiva de la ciudadanía y organizaciones de todas las provincias del país. En el debate del plenario de las Comisiones de Asuntos Constitucionales y Recursos Naturales, los legisladores consideran imprescindible adoptar un mecanismo que garantice la participación federal de las provincias involucradas en la gestión de cuencas hídricas afectadas. Se estableció que el 25 de marzo sea la fecha para la primera audiencia, con la posibilidad de extender el proceso el día siguiente a través de una modalidad virtual, configurándose como un paso clave para asegurar el cumplimiento de la Ley General de Ambiente y el artículo 41 de la Constitución Nacional. El mecanismo está diseñado para favorecer la “amplia participación”, permitiendo presentaciones por escrito y estableciendo cinco minutos de exposición por persona. Para anotarse, se habilitó el correo electrónico de la comisión de recursos naturales. La misma fue aceptada y convocada para los días 25 y 26 de marzo.
Argentina convoca a audiencia pública por reforma de la Ley de Glaciares
Organizaciones ambientales de Argentina lograron la convocatoria a audiencias públicas para un proyecto que modifica la clave Ley de Glaciares. Exigen una amplia y federal participación ciudadana para asegurar un proceso democrático en decisiones ambientales trascendentes. Las audiencias son el 25 y 26 de marzo en Buenos Aires.